Los jueces del Tribunal Superior Electoral (TSE) se declararon incompetentes para conocer la acción de amparo presentada por el abogado Ángel Lockward, en contra de la resolución 08-2018 de la Junta Central Electoral (JCE), que mantiene el voto de arrastre para cinco provincias y el Distrito Nacional, y lo elimina para las 26 demarcaciones.
El TSE declinó el expediente al Tribunal Superior Administrativo (TSA), por considerar que lo denunciado por el accionante es imputable a un órgano administrativo.
De esa forma, los jueces del TSE acogieron la solicitud de incompetencia que presentó la JCE y se apoyaron en la sentencia del Tribunal Constitucional número 0282-17 y 082-18
La decisión fue adoptada por mayoría de tres jueces y la disidencia de dos.
Votaron disidentes, Román Jáquez Liranzo, presidente del Tribunal, y Ramón Arístides Madera. Mientras que votaron a favor de que se decline el expediente al TSA los jueces Rafaelina Peralta, Cristian Perdomo y Santiago Sosa.
La JCE estuvo representada por los abogados Pedro Reyes Calderón y Herminio Ramón Guzmán, mientras que el accionante Ángel Lockward se representa así mismo junto con el abogado Carlos Escalante.
La acción de amparo preventivo de extrema urgencia fue sometida en contra de la resolución 08-2019 de la JCE, mediante la cual se estableció que los senadores serán electos por el voto directo en 26 provincias, mientras que se usará el voto de arrastre en seis provincias y el Distrito Nacional, es decir que en esas demarcaciones el voto de los diputados se le sumará a los senadores.